Información Útil

Equipaje de Viajero

1. Que reglas debe conocer el viajero para facilitar su paso por aduanas?

a. No debe olvidar de presentar su declaración jurada de equipaje a la autoridad aduanera, la cual debe contener sus datos personales y su firma como declarante.

b. Consignar en su declaración, el detalle de los artículos sujetos al pago de derechos, incluso aquellos que son con fines comerciales.

c. Los artículos no declarados o aquellos que no corresponden a lo consignado en su declaración, serán comisados por la autoridad aduanera y no podrán ser recuperados bajo ningún concepto, ni aun mediante el pago de los tributos.

d. Si el valor de los artículos comisados supera las 2 UIT (S/.6,800.00), se considera delito de contrabando y el infractor será denunciado penalmente ante las autoridades competentes.

e. Para obtener la liquidación en dólares de los derechos a pagar, se debe acercar a la ventanilla de valoración aduanera. Si el valor de los artículos declarados no es mayor a US$ 1,000 por viaje (hasta US$ 3,000 por año), podrá pagar una tasa única de 14%, siempre que estos artículos puedan ser considerados como equipaje o menaje de casa.

f. El pago de los derechos se realiza en soles en la oficina del banco o caja habilitada de la SUNAT. Si no es posible paga los derechos a su llegada, se le entregara un comprobante de custodia y dispondrá de 10 días útiles para regularizar dicho pago y retirar los artículos.

g. El viajero no residente que trae consigo artículos como herramientas y artículos portátiles, para el desempeño de su actividad, puede solicitar su ingreso mediante Declaración de Ingreso Temporal, por un lapso máximo de 12 meses, previa presentación de una fianza por el monto de los derechos correspondientes a su importación.

h. Esta fianza le será devuelta, una vez que la autoridad aduanera haya verificado que los artículos que lleva el viajero al abandonar el país, son aquellos declarados a su ingreso y se haya culminado con el control de embarque respectivo.

i. Para el retiro de los citados artículos, deberá abonarse previamente la tasa de almacenaje y someterlos al control de embarque por la autoridad aduanera.

j. Todo viajero que ingrese o salga del país esta obligado a declarar el dinero en efectivo y los instrumentos financieros que porte consigo cuando su monto sea superior a US$ 10,000 (diez mil y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas.

2. Que artículos de equipaje están exonerados del pago de derechos?

a. De uso personal del viajero: 

• Prendas de vestir de uso personal.
• Artículos de tocador adecuados al uso del viajero.
• Objetos de adorno personal.
• Medicamentos de uso personal.
• Libros, revistas y documentos en general, de uso personal.
• Una secadora o cepillo portátil para el cabello.
• Una rasuradora o depiladota eléctrica.

b. Otros artículos de uso del viajero: 

• Un instrumento musical portátil de viento o cuerda.
• Un receptor de radiodifusión o reproductor/grabador de sonido o equipo de sonido, portátil.
• Una cámara fotográfica o cámara digital.
• Una filmadora o videocámara portátil.
• Un reproductor portátil de discos digitales de video.
• Un aparato de video juego electrónico doméstico portátil.
• Hasta 20 unidades en conjunto, de discos, cintas, CDs o casetes.
• Hasta 10 unidades por cada tipo, de películas fotográficas, videocasetes de cámara, videocasetes VHS, discos digitales de video; y 2 memorias para cámara digital o videojuego.
• Una agenda electrónica o computadora de bolsillo
• Una computadora personal portátil, con fuente de energía propia.
• Un teléfono celular.
• Una maquina de escribir portátil y una calculadora electrónica portátil.

c. Licores y cigarrillos: 

• Hasta 3 litros de licor.
• Hasta 20) cajetillas ó 50 cigarros puros ó 250 gramos de tabaco para fumar.

d. Obsequios: 

• Hasta US$ 300.00 en artículos diversos para uso o consumo del viajero, o para obsequio, que por su cantidad y naturaleza se presuma que no están destinadas al comercio.

e. Otros: 

• Maletas, bolsas y otros envases comunes que contenga los objetos de equipaje del viajero.
• Objetos declarados como equipaje a la salida del país, en la declaración de salida temporal.
• Un animal domestico vivo como mascota, siempre que arribe como equipaje acompañado, el cual debe contar con sus certificaciones sanitarias de origen y pasar la inspección del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuario (SENASA).
• En caso de viajeros impedidos o enfermos, se consideraran como equipaje los medios auxiliares y equipos necesarios para su control y movilización (silla de ruedas, camillas, muletas, medidores de presión, entre otros).

3. Que se entiende por equipaje y artículo portátil?

• Equipaje: todos los bienes nuevos o usados, que un viajero pueda razonablemente necesitar, siempre que se advierta que son para su uso o consumo, de acuerdo con el propósito y duración del viaje y que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio o industria. 

• Artículo portátil: artículo de poco peso y diseñado para ser fácilmente transportado a la mano por una persona, generalmente con fuente de energía propia en caso de artículos eléctricos o electrónicos. 

Exportacion Definitiva

1.¿Qué es la Exportación Definitiva?
Es el regimen aduanero que permite la salida legal del país de cualquier mercancía nacional o nacionalizada con destino al extranjero para su uso o consumo definitivo.

2.¿Se paga impuestos por la exportación de mercancías?
La exportación de mercancías no esta afecta a pago de tributo alguno. 

3.¿Qué documentos se utilizan en un proceso de exportación?
a. Factura Comercial Sunat 
b. Documento de transporte: Conocimiento de Embarque o Guía Aérea o Carta Porte. 
c. Packing List (detalle del embalaje de la carga) 
d. Instrucciones de Embarque: Informe detallado del consignatario y del producto. 
e. DUA Provisional: Es obligatoria para las mercancías cuyo valor FOB sea superior a US$ 2000 (opcional para montos menores) y es el documento mediante el cual se solicita ante la autoridad aduanera la exportación definitiva de las mercancías. 
f. La Declaración Unica de Aduanas – DUA Definitiva: Documento que regulariza la exportación de mercancías cuyo trámite fue iniciado con la DUA Provisional.  

4.¿Cuál es el procedimiento para una exportación definitiva?
a. Transmisión vía correo electrónico de la información de la DUA Provisional. 
b. Ingresar la mercancía a Zona Primaria. 
c. Presentación de la DUA Provisional al Terminal de Almacenamiento para la selección de aforo. 
d. Reconocimiento físico de la mercancía, si es seleccionada a canal rojo. 
e. Embarcar la mercadería. 
f. Regularización del Régimen de Exportación, mediante la DUA Definitiva.  

5.¿Cuál es el plazo para embarcar una exportación?
El plazo es de 10 días contados a partir de la numeración de la DUA Provisional, prorrogable por 10 días adicionales pevia solicitud; de no efectuarse en dichos plazos, la DUA será legajada automáticamente. 

6.¿Qué sucede sino el embarque no se realiza en el plazo de 10 días de numerada la DUA provisional?

La DUA Provisional será anulada automáticamente y de oficio por parte de la autoridad Aduanera, siendo necesario reiniciar un nuevo trámite de exportación. 

7. ¿Cuál es el plazo establecido para regularizar una exportación definitiva ante la autoridad Aduanera y cuáles son las sanciones por incumplimiento?
El plazo para regularizar una exportación definitiva es de 15 días útiles contados desde la fecha de embarque. Incumplir el plazo para regularizar la DUA de Exportación, se sanciona con una multa de 0.5 UIT.

Exportacion Definitiva

1.¿A qué se denomina importación definitiva?
La Importación Definitiva es el régimen aduanero mediante el cual ADUANAS autoriza el ingreso legal de las mercancías provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo en el país.

2.¿Cuál es el plazo para solicitar la importación definitiva de mercancía?

En el caso de la importación, el plazo es de 30 días útiles computados a partir del día siguiente al término de la descarga de las mercancías. 

3.¿Qué pasa si no se solicita la importación dentro del plazo señalado?
Se produce el Abandono legal de las mercancías. Las mercancías en esta condición de abandono, podrían ser rematadas, adjudicadas, incineradas o destruidas por la Autoridad Aduanera. 

4.¿Qué impuestos afectan la importación de mercancías?
La importación de mercancías está gravada con los siguientes tributos: 

• Ad – Valorem 
• Derechos Variables Adicionales o Rebajas Arancelarias 
• Gravámenes Adicionales 
• Impuesto Selectivo al Consumo 
• Impuesto General a las Ventas 
• Impuesto de Promoción Municipal 
• Percepción de IGV 
• Derechos Antidumping y Compensatorios  

5.¿Qué es un Agente de Aduanas?
Es una persona natural o jurídica autorizada por Aduanas para prestar servicios como gestor habitual de trámites aduaneros, en las condiciones y requisitos que establezca la Ley General de Aduanas. 

6.¿En que momento tengo que recurrir a un Agente de Aduana?
Cuando el valor de la mercancía a importar es mayor a US$ 2,000 es obligatorio contratar los servicios de un Agente de Aduana. Si el valor de la mercancía es menor a dicho monto, el trámite de importación lo puede realizar directamente el importador o dueño de la mercancía, mediante el Régimen Simplificado (Declaración Simplificada de importación). 

7.¿Qué documentos se requieren en una importación?
• Factura Comercial original. 
• Documento de Transporte original: Conocimiento de Embarque o Guía Aérea o Carta Porte. 
• Póliza de Seguro o Carta del Importador indicando que no cuenta con un Seguro. 
• Traducción de Factura original. 
• Certificado de Origen original (cuando corresponda). 
• Declaración Unica de Aduanas (DUA), elaborada por el Agente de Aduanas. 
• Documento de Control de mercancías restringidas (Registros Sanitarios, Certificado Fitosanitario/Zoosanitario, Permisos de Importación, etc). 
• Otros que la naturaleza del régimen o mercancía requiera. 

8.¿Toda mercancía puede ingresar al país o existe alguna restricción?

No toda mercancía puede ingresar al país, existen restricciones para la importación de ciertas mercancías como por ejemplo: 

• Equipos para estaciones transmisoras radioeléctricas y equipos de telecomunicaciones. 
• Equipos de producción de frio y Sustancias Agotadoras de la capa de Ozono. 
• Medicamentos, Alimentos y Bebidas. 
• Equipos e instrumental médico. 
• Textos y publicaciones con referencias al mapa del Perú. 
• Armas, municiones y explosivos de uso civil, e insumos conexos (nitrato de amonio) 
• Productos o insumos que directamente o indirectamente se utilicen en la elaboración de pasta básica de cocaína o clorhidrato de cocaína. 
• Animales, vegetales, y sus productos y subproductos. 
• Plaguicidas. 
• Combustibles y derivados. 
• Fuentes de radiación. 
• Juegos de casino y tragamonedas.  

9.¿Qué es la Declaración Unica de Aduanas (DUA)?
Es un formato especialmente diseñado por Aduanas, para consignar la información que se requiere para el ingreso o salida de mercancías del país. Está conformado por los formatos A (Características generales de la mercancía), B (Declaración del valor de las mercancías), C (Liquidación de derechos a pagar) y la Declaración Andina de Valor.

Menaje de Casa

1.¿A qué se denomina despacho de menaje de casa procedente del extranjero?
Es el despachos de artículos domésticos, muebles y enseres del hogar, nuevos o usados, de propiedad del viajero o del viajero y su familia, transportados como carga, los cuales podrán ser internados al país previa presentación de la declaración Simplificada de Importación.

2.¿Qué impuestos se gravan en un menaje de casa procedente del extranjero?
Sólo paga una tasa única del 14%, (no está afecto al IGV) siempre y cuando el menaje llegue al país de un mes antes o seis meses después de la fecha de llegada del viajero. Además se deberá acreditar permanencia en el exterior no menor de trece meses consecutivos. 

3.¿Cuáles son los documentos que se requieren para un despacho de menaje de casa procedente del extranjero?
a. Declaración Simplificada. 
b. Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado. 
c. Pasaporte o documento oficial expedido por el organismo competente (se presentará sólo para su verificación). 
d. Facturas o Declaración Jurada del valor. 
e. Packing List detallado 
f. Otros documentos que la naturaleza de la operación requiera.  

4.¿Cuáles son las etapas del procedimiento de menaje de casa?
a. El viajero deberá presentar ante la Intendencia de Aduana correspondiente, los documentos detallados en la pregunta precedente, debiéndose constatar que la cantidad de mercancías no exceda los límites permitidos y que se haya cumplido con los plazos de residencia mínima en el exterior. 
b. Al presentar los documentos señalados se procederá a la asignación de un especialista para que realice el reconocimiento físico de la mercancía; de ser conforme, se ingresarán los datos al SIGAD para la emisión de la liquidación de derechos respectiva, para luego efectuar el pago en la entidad bancaria correspondiente. 
c. Podrá procederse al retiro del Menaje de Casa presentando ante el Terminal de Almacenamiento copia de la Declaración debidamente diligenciada con la autorización del levante y la liquidación cancelada.  

5.¿Qué mercancías se considera menaje de casa procedente de extranjero?
Se considera Menaje de Casa los bienes que a continuación se indican y que no podrán ser comercializados sin el previo pago de los derechos diferenciales: 

a. Muebles en general. 
b. Mantelería y ropa de cama 
c. Cristalería, vajilla, cubiertos y demás servicios de mesa. 
d. Artículos de cocina y repostería. 
e. Artículos de decoración del hogar incluyendo pinturas originales o copias. 
f. Artículos de limpieza y usos análogos en el hogar. 
g. Herramientas domésticas. 
h. Artículos eléctricos de uso doméstico, uno de cada tipo. 
i. Libros diversos, uno por título. 
j. 3 alfombras o tapices. 
k. Un teléfono de abonado. 
l. Aparatos de televisión (en concordancia con el número de miembros del hogar). 
m. Aparatos de reproducción de música 
n. Aparatos de reproducción de discos digitales de video. 
o. Una computadora personal y sus perifericos. 
p. Un aparato facsímil. 
q. Un aparato o equipo de gimnasio. 
r. Un aparato de video juego electrónico doméstico portatil. 
s. 100 unidades en conjunto de Discos fonográficos, discos compactos, discos de video digitales, cintas, casetes y videocasetes usados. 
t. Bicicletas. 
u. Juguetes. 
v. Otros bienes de uso y consumo en el hogar. 

Todo lo que no mencione unidades, debe guardar concordancia con el número de miembros del hogar.  

6.¿Qué sucede con el menaje de los peruanos fallecidos fuera del país? 
El menaje de las personas que fallezcan fuera del Perú podrán ser internados al país, libre del pago de tributos, por el cónyuge, hijos o padres residentes en el territorio nacional, que acrediten su derecho y residencia en el país previa autorización de Aduanas.